Las denuncias de ciudadanos que aseguran haber enfrentado restricciones para acceder o permanecer en playas cercanas a complejos hoteleros en Bayahíbe reabren un debate de gran importancia nacional: ¿puede un dominicano ser limitado en el disfrute de una playa pública?
La Constitución de la República Dominicana establece que las playas forman parte del dominio público y reconoce el libre acceso a estos espacios, sujeto a las condiciones que establezca la ley y al respeto del derecho de propiedad privada. Diversos especialistas en derecho constitucional han sostenido que ninguna playa puede convertirse en propiedad privada ni impedirse arbitrariamente el acceso del público.
Ante las quejas de ciudadanos y visitantes, resulta legítimo preguntar si existe algún reglamento o disposición administrativa que justifique restricciones de acceso en determinadas zonas turísticas o si, por el contrario, se trata de actuaciones particulares que deben ser investigadas por las autoridades competentes.
El Ministerio de Turismo, encabezado por David Collado, tiene la responsabilidad de ofrecer una explicación clara a la ciudadanía sobre el alcance de los derechos de acceso a las playas y las obligaciones de los establecimientos turísticos que operan en esas áreas.
La República Dominicana ha construido una imagen internacional basada en la belleza de sus playas y en un turismo inclusivo. Esa visión debe garantizar que tanto los visitantes extranjeros como los ciudadanos dominicanos puedan disfrutar de los espacios públicos conforme al marco constitucional y legal vigente.
Más que generar confrontaciones, este debate debe servir para fortalecer la seguridad jurídica, proteger el patrimonio público y garantizar que los derechos reconocidos por la Constitución sean respetados en todo el territorio nacional.

